Solo al despedirnos somos capaces de comprender la profundidad de nuestro amor".







Documento oficial emitido por un médico, que certifica el fallecimiento de una persona y que se utiliza para registrar el fallecimiento en el Registro Civil.
Documento oficial emitido por el Registro Civil que identifica al fallecido e indica la causa de la muerte, fecha y hora de la muerte, y el cementerio donde será sepultada.
Si la familia no presenta el original de este documento al ingresar al cementerio, no se le permitirá el ingreso al cementerio. (arte. N° 50 Reglamento General de Cementerios).
Si el fallecido estaba siendo atendido en su domicilio por un médico, se deberá contactar a este profesional para confirmar el fallecimiento y extienda el certificado de defunción médico. Si no dispone de médico en su domicilio deberá solicitar la asistencia del personal del SAMU. El personal del SAMU puede confirmar la muerte y derivar a la familia a los servicios de emergencia correspondientes, donde el médico de turno puede emitir un certificado de defunción.
Una vez que la familia reciba el certificado médico de defunción, deberán comunicarse con la funeraria para comenzar el proceso de inicio de los servicios funerarios.
El médico de guardia en el hospital o clínica donde ingresó el fallecido es el responsable de confirmar el fallecimiento y emitir el certificado de defunción.
Los hogares de ancianos deben tener médicos disponibles para atender a sus clientes. Por tanto, estos profesionales son los responsables de determinar el fallecimiento y emitir el correspondiente certificado de defunción.
Una vez que la familia reciba el certificado médico de defunción, deberán comunicarse con la funeraria para comenzar el proceso de inicio de los servicios funerarios.
En casos de fallecimiento donde la causa de la muerte requiera una investigación, el fallecido será remitido al servicio médico legal más cercano. En este centro se llevan a cabo todas las investigaciones ordenadas por la fiscalía y sólo con la aprobación de la fiscalía se expide el certificado de defunción correspondiente y se entrega a la familia.
En el caso de la cremación, cuando el fallecido fue remitido al Instituto Médico Legal, además del certificado de defunción del médico, se requiere un certificado de permiso de cremación expedido por el Ministerio Público o Fiscalía.
Una vez que la familia reciba el certificado médico de defunción, deberán comunicarse con la funeraria para comenzar el proceso de inicio de los servicios funerarios.
Esta responsabilidad recae en los familiares del fallecido. Si los servicios funerarios contratados en nuestra funeraria, nuestro personal realizará la inscripción en el registro civil de Rancagua sin cargo adicional para usted.
El certificado médico de defunción y la cédula de identidad de la persona fallecida, ambos documentos en original. A esos documentos se debe agregar información estadística relacionada con el difunto: Estado civil, profesión u ocupación, nivel educacional, domicilio y cementerio en que se realizará el funeral.
Si se requiere que la inscripción quede registrada en la Libreta de Familia, la familia deberá adjuntar el original de este documento para realizar la solicitud en el Registro Civil.
En Chile este tiempo máximo es de 48 horas y el mínimo de 24 horas desde el fallecimiento. En caso de necesitar una extensión de inhumación se puede solicitar en casos excepcionales.
Es responsabilidad del dueño de dicha sepultura informar el uso, debiendo comunicar y concertar la fecha y hora de su llegada al cementerio.
Cuando fallece el cónyuge o conviviente civil del trabajador, este tiene derecho a permiso pagado por el empleador durante siete días corridos y este tiempo se empieza a contar desde la fecha del fallecimiento.
En tanto, si fallece un hijo o hija, el trabajador tiene derecho a 10 días corridos de permiso pagado por el empleador, y se cuentan desde el día del fallecimiento.
Finalmente, en el caso de muerte de un hermano, del padre o de la madre del trabajador, este tendrá un permiso de 4 días hábiles.
Importante: estos días de permiso son adicionales al período de vacaciones y no se pueden compensar en dinero.